Refinanciación: Cuando la primera opción ha de ser facilitar una segunda oportunidad

“La primera opción para las empresas viables debe ser mantenerse a flote en lugar de liquidar”. Fue Viviane Reding, vicepresidenta de la Comisión Europea la autora de la obvia reflexión, tras comprobar que el Parlamento Europeo respaldaba con abrumadora mayoría la propuesta de modernización de las normas europeas de insolvencia transfronteriza para empresas.

 

En el mes de febrero hemos vivido varios anuncios de reformas nacionales e internacionales en el ámbito de las refinanciaciones de empresas. Esta es la tendencia de los últimos años, donde el debate ya no es la bondad o la conveniencia de realizar operaciones de refinanciación que eviten a las empresas entrar en concurso, sino el impulso de reformas que garanticen un marco normativo adecuado y un entorno de seguridad jurídica.

La última reforma concursal se publicó el sábado 8 de marzo como Real Decreto-Ley de medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial ysupone un avance sobre la operada con la llamada Ley de Emprendedores, ya que intenta aplicar correcciones sobre los problemas que en la práctica se advierten en las refinanciaciones.

Esta nueva reforma recoge una reivindicación de años: que los efectos de la llamada declaración de “preconcurso” (el 5 bis) supongan la paralización o la prohibición de iniciar ejecuciones sobre bienes necesarios para la actividad empresarial.

Amplía la posibilidad de acuerdos con uno o más acreedores, sin necesidad de alcanzar determinadas mayorías, siempre que supongan una mejora clara de la situación patrimonial. A éstos los constituye en “puerto seguro” en la medida que no podrán ser atacados aunque la empresa acabe después en concurso.

Los cambios más profundos vienen de la mecánica de imposición delacuerdo de refinanciación a aquellas entidades financieras que no quieren participar en la negociación. Lo que conocemos como homologación, que permite que el juez extienda los efectos del acuerdo a los disidentes. Lo relevante es la rebaja en el porcentaje de adhesiones necesarias, pasamos de un 75% inicial a un 55% del total del pasivo bancario con la ley de emprendedores, y ahoraa un 51% en el actual Real Decreto, pero computado sobre el total del pasivo financiero.

Esta posibilidad de homologación produjo un efecto positivo, yaque cambió el escenario de negociación de muchas de las refinanciaciones de deuda. No tanto porque las empresas acudiesen al juzgado a solicitarlo, sino por el efecto disuasorio que ha ejercido en la práctica la amenaza de la homologación.

Sin embargo el sistema tiene un lastre fundamental, y es el tratamiento del acreedor con garantía real; éste se encontraba blindado frente a los efectos de la homologación. Es evidente que en la mayoría de los casos las entidades financieras rodean sus operaciones de crédito de garantías, sean hipotecarias o pignoraticias. Ahora, este Real Decreto aborda también dicha cuestión.

Tenemos ejemplos de grandes operaciones de refinanciación (La Seda, Metrovacesa o Cortefiel) que han huido de España para refugiarse en la legislación anglosajona por estos motivos. En este punto los jueces de lo mercantil iniciaron una línea jurisprudencial superadora del tenor literal de la norma; buscaban someter al acuerdo también a los acreedores dotados de garantía real.

La homologación permite no sólo imponer esperas, como hasta ahora, sino también quitas, e incluso que los acuerdos de refinanciación homologados incluyan la conversión de deuda en capital imponiéndolo a los disidentes.

Finalmente, otro motivo de tranquilidad para quienes apuesten por refinanciar: aquellos que aporten dinero nuevo o fresh money a una refinanciación, tendrán la garantía de que, en caso de concurso de la empresa, éste tendrá la consideración de crédito contra la masa por la totalidad de su importe (hasta ahora el 50%).

Retomo el discurso de la señora Reding: “Queremos dar a las empresas honradas y a las personas que trabajan en ellas una segunda oportunidad” Quedamos aguardando hoy que la reforma ya está en vigor.

 

 

 

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