Sonia Pérez Cerecedo.
Asociado Senior Area Laboral DELOITTE ABOGADOS.
El Real Decreto ley sobre fomento del trabajo a tiempo parcial dictado el pasado 20 de diciembre, aprovechó para colar de rondón, en plena pausa navideña, la obligatoriedad de cotizar a la Seguridad Social por las retribuciones en especie; entre otras, las aportaciones a los planes de pensiones privados, los vales de comida, asignaciones asistenciales y el plus de transporte .
La norma ha sido duramente contestada por los principales agentes económico-sociales, no sólo por su “peculiar” itinerario procesal sino también por la contradicción entre la rúbrica del propio texto legislativo, el fomento de la contratación y la mejora de empleabilidad, y la obligatoriedad de cotizar por determinados conceptos que hasta este momento estaban exentos.
El texto legislativo apuesta por determinados modelos de contratos para favorecer el empleo y regula aspectos concretos de los contratos a tiempo parcial, mayor flexibilidad de las horas complementarias y mayor control sobre las horas efectivamente realizadas, los contratos de aprendizaje y formación, los contratos de prácticas y los contratos de apoyo a emprendedores.
En materia de Jornada se regula el plazo de compensación en caso de distribución irregular, estableciendo que debe compensarse, en defecto de pacto o Convenio, en los 12 meses siguientes a su efectiva realización y se incrementa la edad del menor en reducción de jornada por guarda legal de los 8 a los 12 años.
Finalmente se introduce una aclaración en lo relativo a las aportaciones económicas en el caso de despidos de trabajadores de más de 50 años y se aumenta la base mínima de cotización para los autónomos societarios y los trabajadores autónomos que tengan o hayan tenido 10 o más trabajadores a su cargo en la cuantía prevista en el cuadro 1 del Régimen General de la Seguridad Social.
Las razones esgrimidas por el gobierno para hacer efectiva la misma, pasan por evitar de modo sistemático, sistemas de retribución en especie, que no cotizan a la Seguridad social y como medida contra el fraude a la Seguridad Social. No obstante lo anterior, los principales agentes económico-sociales consideran que hubiese sido más plausible una reforma integrada con la reforma fiscal pendiente de aprobación.