La ‘reforma’ de la reforma laboral, a análisis en el Círculo

El año 2022 traerá consigo la entrada en vigor de una nueva reforma laboral que modificará nuestro marco de relaciones laborales en cuestiones de especial trascendencia como la contratación temporal, la subcontratación, la vigencia del convenio de empresa, los ERTE o los mecanismos de flexibilidad interna empresarial.

Con este escenario, el objeto del desayuno celebrado en el Círculo de Empresarios de Galicia ha sido conocer un poco más al detalle los puntos críticos del borrador que maneja el Gobierno de España, de la mano de Fabián Valero, socio y director general de Zeres Abogados y asesor especializado en Derecho Laboral y Empleo Público.

Su exposición, conducida por Pablo López, coordinador del Foro de Innovación del Círculo, ha dejado un mensaje claro: “España es el país con mayor tasa de temporalidad y la Unión Europea nos ha dejado claro que esto se acaba”, de ahí los nuevos tipos de contratos y fórmulas de flexibilidad.

El experto ha destacado las novedades en los nuevos tipos de contratos formativos, tanto en alternancia como de práctica profesional, con unas normas comunes: se deberá cotizar por la totalidad de las contingencias, incluidos desempleo y Fogasa,  las bajas laborales interrumpirán el cómputo de la duración del contrato, que se deberá formalizar por escrito, y las empresas en ERTE podrán concertar contratos formativos siempre que no sea para sustituir a empleados en suspensión o regulación de su jornada.

Asimismo, surgen los nuevos contratos de formación en alternancia, que tienen como finalidad “compatibilizar la actividad laboral retribuida con los procesos formativos en FP, programas públicos o privados de formación, siempre que el trabajador carezca de la cualificación profesional que reconozca la titulación”, dirigidos a personas con una edad máxima de 30 años y con una duración mínima de 3 meses y máxima de 2 años.

Por su parte, el nuevo contrato formativo para la obtención de una práctica profesional será al obtener el título y será de duración mínima de 6 meses y máxima de un año.

Fabián Valero también se refirió a las principales novedades en materia de contratos temporales, con una normativa mucho más estricta, los nuevos fijos-discontinuos de naturaleza estacional y las consecuencias que conllevarán para el empresario los fraudes o abuso en la contratación temporal.

Por último, el experto ha abordado la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, los cambios en materia de subcontratación de obras y servicios y la regulación más exhaustiva de los ERTE por causa de fuerza mayor, que deberán ser constatados por la Autoridad Laboral.

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