El domingo 6 de diciembre, en el cementerio civil de mi pueblo, llevé flores a las tumbas de Sebastián Copón, Bartolo Cagafuego, Íñigo de Balboa y Diego Alatriste. Fue mi manera de celebrar el día de la Constitución y de expulsar la rabia: el martes anterior, en un acto del Clúster del Naval, los ponentes habían anunciado que el Tribunal de Luxemburgo fallaría favorablemente el recurso de anulación interpuesto por los inversores españoles y el Gobierno de España contra la decisión que declaró ilegales las ayudas al naval, conocidas como ‘el tax lease’.

Efectivamente acertaron: el 17 de diciembre el Tribunal General declaró nula la decisión de la Comisión Europea de 13 de julio de 2013 que declaraba ilegales las ayudas al naval y ordenaba su restitución.

Ahora que los astilleros que no han cerrado están anémicos, conectados a respiradores artificiales, parece que alguien parará los pies a la infamia del Sr. Almunia, el comisario de Competencia que pretendía la silla de Durao Barroso.

Soy abogado de un inversor que ha recurrido la decisión de Almunia al Tribunal de Luxemburgo y estudié a fondo el texto de la Comisión. Nunca comprendí la incoherencia interna de la decisión, incluso su rara sintaxis, en un documento que por estar dirigido al Reino de España se sustanció por fuerza en castellano. Poco a poco me fui haciendo la íntima y profunda convicción de que fue el resultado de presiones lobbísticas y políticas y nunca una decisión fundada en derecho. La convicción de que el acto jurídico por el que se determinó que las ayudas a la construcción naval eran ilegales, incompatibles con el mercado interior y correspondía su devolución a cargo de los inversores del Tax Lease, no fue tal acto jurídico: fue un amaño lobbístico, una componenda política para satisfacer los intereses de la Liga Hanseática en la que están coaligados los astilleros holandeses y daneses que denunciaron y los armadores noruegos que renovaron su flota con un 30% de descuento en la adquisición de los buques construidos en España.

Poco a poco fui atando cabos. Un amigo en Bruselas me envió un curioso documento de Word, relativo a la gestación de la versión inglesa de la decisión. Es una comparativa de documentos con control de cambios en la que se ve a lo largo de todos sus parágrafos, y en especial en su parte dispositiva pág. 75) cómo los beneficiarios de las ayudas, los armadores (ship owners), son borrados como beneficiarios de las ayudas, cuando eran los principales beneficiarios -en la redacción original- y son sustituidos por los inversores/AIE

Fíjense en él:

tax0tax

 

Un documento de Word con control de cambios  presenta a la izquierda un cuerpo de escritura: es el texto que se queda tras los cambios. Las modificaciones que se incluyen se resaltan. Y a la derecha, en unos bocadillos como los del ‘Tebeo’, se refleja el texto que se ‘cae’ de la redacción final. Observen cómo modificaron el texto de la decisión: ‘Deleted’ significa borrar o suprimir. Y dentro del bocadillo está el sujeto de la oración borrado o suprimido: ‘Shipping Company’.  Significa ‘Armador’ en Inglés.

Días antes, resultó noticia una carta de la poderosa Asociación Noruega de Armadores al Sr. Almunia, pues la habían colgado en su página WEB, en la que se leía “Para concluir, la NSA quisiera subrayar que la industria naval depende absolutamente de inversiones a largo plazo de los armadores. Para que dichas inversiones se produzcan es absolutamente necesario un marco legal predecible y estable”:

tax1

tax2tax3

La nota que reproduzco demuestra que en los primeros días de julio de 2013, los armadores aún eran los destinatarios de la obligación de devolver las ayudas percibidas. Esta es copia exacta de la carta, en la que se invita al Sr. Almunia a contactar con la asociación:

Fíjense que la carta  tiene fecha de julio de 2013, y ya saben que el colegio de comisarios si reunirá el día 17 de ese mes para adoptar la decisión definitiva.

Fíjense que han tenido acceso al texto –cosa que no supo el Reino de España hasta ser notificado el propio día 17 de julio de 2013. Fíjense que el texto que conocieron aún les señalaba como destinatarios de las ayudas a principios de julio. Fíjense que aunque el idioma auténtico de la decisión 17/07/2013 es el español, ese no había sido el idioma en el que se artículo la decisión: fue redactada por funcionarios angloparlantes: inmediatamente comprendí que el texto que enviaba mi amigo era un aviso a navegantes: ¡Os van a dar bien, decía!

Y efectivamente así fue: tras siete años de investigación, de que las ayudas son ilegales, que han de ser devueltas, y que esa obligación concierne a los armadores,  se cambia en la última semana y el 17 de julio de 2013 se determina que son los inversores españoles, precisamente quienes posibilitaron la renovación de la flota noruega (eso sí, con barcos construidos en España), los que han de devolver unas ayudas trasladadas a los armadores.

Indignado, denuncié a ‘El País’ mi descubrimiento. Resulta ilustrativa su lectura, pues el periodista, Pablo López, indicó a quien suscribe, que pese a su gravedad, el rotativo no publicaría la noticia sin darle primero opción al Sr. Almunia al derecho de ‘réplica’: “Es amigo de la Casa”, dijo textualmente el periodista a este abogado. Almunia puso en conexión a Pablo López con su colaborador Mr. Antoine Colombani, portavoz de la Comisión. Colombani ‘eludió comentar la existencia de la carta’ (sic). La explicación de Colombani al periodista fue la siguiente: “Con este sistema [el tax lease], la compañía naviera compraba el buque con una rebaja del 20% al 30% sobre el precio de compra facturado por el astillero, pero esta rebaja la concedía la Agrupación de Interés Económico y no era imputable al Estado. Así que esta ventaja, porque no era imputable al Estado, no constituía una ayuda estatal para la compañía naviera según las normas de la UE”. Nótese como, para eludir la aplicación de la doctrina del ‘Principio de Desaparición del Enriquecimiento’ (STJUE Deutsche Milchkontor 20/03/1997), ahora se postula que la ayuda de Estado llega sólo hasta la AIE ‘El lobby que se libró del tax lease’ (El País, 18 enero 2014).

Ahí termina el incumplimiento del Reino de España. El traslado posterior, hasta un 30% del precio del buque al armador, según Colombani, es ahora materia competente de Santo Tomás de Aquino: libre albedrío de la AIE para con el armador. Pura autonomía privada contra la que nada puede la Comisión. Semejante necedad constituye un insulto a la inteligencia: lo que fue una estructura tutelada con el objeto de ayudar al sector naval, donde la clave de bóveda era el beneficio fiscal trasladado al precio del buque, ahora resulta materia privada de los inversores españoles, quienes tienen por capricho renovar gratis la flota off-shore noruega. Todo ello para ocultar lo que se reconoce entre dientes por el mismo Sr. Colombani: “En todo caso, al canalizarse la devolución de las ayudas a través de los Estados, cualquier resolución que implicara a un país que no es miembro de la UE “hubiera provocado un conflicto de competencias”, señalan las mismas fuentes, que sostienen que en el cambio de última hora también influyó la intención de simplificar las devoluciones”. Efectivamente: lo simple[1] es emplumar al Reino de España.

Francamente produce asombro esta conducta desplegada por un hatajo de zombis tarados, juristas mutantes, altos funcionarios de la Comisión de Competencia, tan alejada de la buena fe, entendida como la que erige como regla, la conducta fundada en la honestidad, en la rectitud, en la lealtad y principalmente en la consideración del interés del administrado visto como un miembro del conjunto social que es jurídicamente tutelado por aquélla. Esa regla de conducta fundada en la buena fe objetiva, presupone que se actúe con honradez, con probidad, con honorabilidad, con transparencia, con diligencia, con responsabilidad y, desde luego, sin dobleces de ningún tipo. Cuando como aquí, unos altos funcionarios, retuercen el derecho con una tecla de ordenador, infligiendo daño, dolor y ruina económica, pues eso –ruina- es la orden de ‘recuperación’ mudada en despojo, entonces sólo queda la tierra quemada: la rabia, la aversión a los tributos y el desprecio a Europa.

Cuando esto sucede, la reacción legítima contra la decisión no se limita al recurso a los tribunales. Cuando esto sucede la reacción legítima del abogado es llevar flores rojas a las tumbas de los héroes de ‘La taberna del Turco’, quienes por muy poco fracasaron en su hazaña de pinchar una pica española en Flandes.

Yo ya llevé las mías.

[1] RAE, Simple: 6. adj. Manso, apacible e incauto

 

(Artículo también publicado en SigaBlogs

¿Te ha gustado?

¡Compártelo en redes sociales!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Rellena este campo
Rellena este campo
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.

Newsletter

Calendario de eventos

<<Mar 2024>>
LMMJVSD
26 27 28 29 1 2 3
4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 31

Categorías

Menú